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pensión de alimentos
Demanda de Alimentos

¿Cómo se realizan los depósitos de una pensión de alimentos?

By victoria
18 de noviembre de 2025 5 Min Read
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Formas de pago, respaldo legal y recomendaciones prácticas

Introducción

Si estás evaluando iniciar una demanda de alimentos o ya te encuentras dentro de un proceso judicial, es natural preguntarse:

  • ¿Cómo se paga la pensión de alimentos?
  • ¿Dónde se deposita el dinero?
  • ¿Qué opciones existen y cuáles son las más seguras según la ley peruana?

En el Perú, la forma de pago de la pensión de alimentos no queda a libre elección de las partes, sino que debe ser autorizada o dispuesta por el juez, siempre priorizando el interés superior del niño, niña o adolescente, conforme al Código Civil, el Código Procesal Civil y la Ley N.º 28439.

En primer lugar, el juez define una cantidad de dinero mensual para el alimentista y a partir de ella, se establece una forma de pago para ese caso en particular.

A continuación, te explicamos qué modalidades existen realmente, cuáles son excepcionales, y cuáles son las más recomendadas legal y prácticamente, para evitar incumplimientos y falsas expectativas.

Formas legales de pago de la pensión de alimentos en Perú

1. Entrega de canasta básica o alimentos en especie

🟡 Modalidad excepcional y poco recomendable

Es cierto que, en teoría, el juez puede autorizar el cumplimiento de la obligación alimentaria en especie, es decir, mediante la entrega directa de productos (alimentos, medicinas, pañales u otros bienes básicos).

Sin embargo, es importante aclarar lo siguiente:

  • No es la regla general.
  • Se aplica solo en situaciones muy específicas, usualmente temporales o de mutuo acuerdo.
  • El juez debe verificar que el valor de los bienes equivale exactamente al monto fijado en soles.

⚠️ Riesgos reales de esta modalidad:

  • Dificultad para valorar los productos.
  • Conflictos constantes sobre calidad, cantidad y periodicidad.
  • No cubre gastos esenciales como educación, vivienda o transporte.

👉 Conclusión legal y práctica:
Aunque es posible, no es una modalidad recomendable ni estable, y rara vez se mantiene como forma definitiva de pago en una sentencia firme.

2. Entrega de cheques físicos en el juzgado

🔴 Modalidad prácticamente en desuso

En la práctica actual del Poder Judicial, la entrega de cheques físicos ha sido reemplazada por los depósitos judiciales y bancarizados.

Hoy:

  • Los juzgados no promueven esta modalidad.
  • Genera retrasos, trámites presenciales y mayor riesgo de pérdida o demoras.

👉 Corrección importante:
Más que “cheques”, lo correcto es hablar de depósitos judiciales o cuentas designadas por el juzgado.
Por ello, no debe generarse la expectativa de que esta sea una opción habitual o recomendable.

3. Depósitos en una cuenta bancaria del demandante

🟢 Modalidad válida y común

El juez puede ordenar que el demandado deposite mensualmente la pensión en una cuenta bancaria indicada por el demandante, conforme a lo dispuesto en la sentencia o resolución judicial.

✔️ Esta modalidad es legal y frecuente.
✔️ Permite rapidez y acceso directo al dinero.

⚠️ Advertencia clave (muy importante para las familias):
Si se utiliza una cuenta bancaria donde también:

  • Se recibe sueldo,
  • Se pagan gastos diarios,
  • Se reciben otros ingresos,

👉 puede ser muy difícil demostrar ante el juez qué depósitos corresponden realmente a la pensión de alimentos.

📌 Recomendación legal práctica:
Abrir una cuenta exclusiva y separada, destinada únicamente a recibir la pensión del alimentista.
Esto:

  • Facilita la fiscalización judicial.
  • Protege al demandante en caso de incumplimiento.
  • Evita observaciones o cuestionamientos del juzgado.

4. Cuenta de alimentos en el Banco de la Nación

🟢 Modalidad segura y respaldada por el sistema judicial

Los demandantes pueden solicitar al juez la apertura de una cuenta en el Banco de la Nación, destinada exclusivamente al pago de alimentos.

✔️ Ventajas reales:

  • No tiene comisiones de mantenimiento.
  • Está vinculada a procesos judiciales.
  • Facilita el control del cumplimiento.

⚠️ Aclaración necesaria para evitar falsas expectativas:
Estas cuentas pueden bloquearse si no registran movimientos durante un periodo corto (aproximadamente tres meses).

👉 Para mantenerla activa:

  • Debe existir algún movimiento mínimo.
  • Muchas familias realizan pequeños depósitos mientras esperan sentencia firme.

Esto no es un cobro, pero sí una condición operativa del banco que debe conocerse desde el inicio.

¿Qué pasa si el demandado tiene trabajo formal y no quiere pagar?

Este es uno de los escenarios más frecuentes en el Perú:

  • El demandado trabaja en planilla.
  • Tiene ingresos constantes.
  • No cumple voluntariamente o es irregular en los pagos.

En este caso, la ley ofrece una herramienta muy clara y efectiva.

🔒 Descuento por planilla (retención judicial)

🟢 La forma más segura y recomendada

Conforme al Código Procesal Civil y a la práctica judicial:

  • El juez puede ordenar la retención directa del sueldo del demandado.
  • El empleador está legalmente obligado a cumplir la orden judicial.
  • El monto se deposita directamente en la cuenta designada para el alimentista.

✔️ Beneficios:

  • Elimina la incertidumbre mensual.
  • Evita el incumplimiento reiterado.
  • Protege al menor de conflictos entre adultos.

👉 Conclusión clara:
Cuando el demandado tiene trabajo formal, esta es la modalidad más segura y eficaz para garantizar el pago de la pensión.

¿Qué ocurre si los gastos reales superan el monto fijado?

Aquí es importante no generar falsas expectativas.

Legalmente:

  • El demandado solo está obligado a pagar el monto fijado por el juez.
  • Los gastos extraordinarios no se cobran automáticamente.

Sin embargo, si los gastos mayores se vuelven frecuentes o permanentes (salud, educación, terapias u otros), el padre o madre a cargo puede resolverlo vía legal, solicitando una variación o aumento de pensión, acreditando dichos gastos. Esto se tramita mediante una nueva demanda, no de forma informal.

Si hubiera un escenario más alentador, en el que hay compromiso y voluntad para darse la oportunidad de hacer las cosas bien, ambos padres pueden cubrir estos gastos, aún así vayan más allá de lo definido por el juez. Una sabia decisión sería llevar un control de estos pagos con sus respectivas boletas o recibos para probar, de ser necesario, el cumplimiento de dichos pagos a futuro.

Conclusión

En el Perú, no todas las formas de pago de la pensión de alimentos son iguales ni igual de seguras.
La ley permite distintas modalidades, pero la experiencia judicial demuestra que:

  • Los depósitos bancarios claros y el descuento por planilla son las opciones más efectivas.
  • Las entregas en especie o modalidades informales generan conflictos y no protegen al alimentista.

Elegir correctamente la forma de pago no es un detalle menor: puede marcar la diferencia entre una pensión estable y años de incertidumbre.

Ten en cuenta que estas opciones de depósitos son válidas siempre y cuando las anteceda una demanda de alimentos. Si estás evaluando la conciliación de alimentos, este es un proceso diferente, con opciones similares y términos o condiciones totalmente diferentes.

✍️ Nota del autor

La forma en que se paga una pensión de alimentos revela mucho más que un trámite legal: refleja responsabilidad, respeto y compromiso con un hijo.
Cuando el cumplimiento es voluntario, la justicia casi no interviene; cuando no lo es, el sistema debe proteger al más vulnerable.
Informarse bien es el primer paso para exigir derechos sin falsas expectativas.

A diferencia de una conciliación de alimentos, la demanda es un proceso que sí penaliza el incumplimiento de los depósitos y tiene condiciones o consecuencias algo más disciplinarias que la conciliación. Las familias que eligen la conciliación lo hacen desde un acto de buena fe para evitar llegar a una demanda. Ambos procesos tienen la misma meta: que se cumpla con una pensión de alimentos. Sin embargo, a la fecha, varias familias prefieren demandar en lugar de conciliar porque la conciliación, cuando no es cumplida, no tiene mayores consecuencias para la persona que incumple. Sugerimos conversarlo en detalle con un abogado de familia.

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